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jueves, 22 de mayo de 2014

Primer Encuentro de Mujeres Matemáticas Mexicanas



Leonardo Martínez
leomtz@im.unam.mx
Unidad Juriquilla, IM-UNAM

Eréndira Munguía Villanueva
erendira.munguia@gmail.com
Universidad del Papaloapan



Con el objetivo de crear un foro para la visibilización y el reconocimiento de las mujeres matemáticas mexicanas, los días del 23 al 26 de enero de 2014 se llevó a cabo el Primer Encuentro de Mujeres Matemáticas Mexicanas. El evento fue organizado por la Comisión de Equidad y Género de la Sociedad Matemática Mexicana, la cual se creó en octubre del 2013.


El género se define como el conjunto de relaciones sociales basadas en la diferencia sexual. Dentro de esta categoría se encuentran todas las diferencias aspiracionales y de conducta que parten de la diferencia sexual, así como también las diferencias objetivas de participación y empoderamiento entre hombres y mujeres.

La ONU ha reconocido que alrededor del mundo las mujeres se encuentran en una situación de desventaja, y mediante sus instrumentos ha comprometido a sus estados miembros, entre ellos México, a generar procesos para reducir esta inequidad. Esta situación desfavorable se expresa, en particular, en una baja participación femenina en los puestos más altos de la academia. Descartados los argumentos que explicaban este fenómeno como una incapacidad biológica de las mujeres para enfocarse en la labor científica, restan las explicaciones de tipo social y cultural, las cuales son suceptibles de ser modificadas con el objetivo de dar mejores herramientas para que mujeres y hombres alcancen una plenitud acad émica y laboral.

Se ha demostrado que la presencia y visibilidad de las mujeres tienen efectos positivos. Esto crea modelos a seguir para mujeres jóvenes, niñas y niños, lo cual a su vez puede impactar en su desempeño académico y sus aspiraciones profesionales.


La sede del evento fue el Centro Educativo y Cultural del Estado de Querétaro Manuel Gómez Morín. Se registraron 279 solicitudes de participación, de las cuales el 69% fueron enviadas por mujeres y el 31% por hombres.

Durante la reunión matemáticas mexicanas de diversas áreas de investigación compartieron su trabajo matemático a colegas y estudiantes, además de esto se expusieron dos ponencias sobre género y  se llevaron a cabo dos mesas redondas sobre temas relacionados con mujeres y academia. Para documentar el evento se llevó un registro en video de las conferencias y se realizaron algunas entrevistas. A partir de este material se produjo el DVD "Primer Congreso de Mujeres Matemáticas: Actitud y vanguardia", cuya realización estuvo a cargo de María Eugenia Tamez y su equipo de producción.


Las conferencistas plenarias y sus pl áticas fueron:

  • Liliam Alvarez (Academia de Ciencias de Cuba) Las mujeres y las matemáticas: ¿Hasta dónde la equidad?
  • Claudia Gómez Wulschner (ITAM) Matemáticas ¿Todavía una actividad masculina?
  • Marí a Emilia Caballero (IM-UNAM) Del an álisis a la probabilidad.
  • M onica Clapp J menez Labora (IM-UNAM) El efecto de las simetrías y de la topología del dominio en algunos problemas elípticos.
  • Isabel Puga Espinosa (FC-UNAM) Un panorama de la teoría de los contínuos.
  • Luz de Teresa de Oteyza (IM-UNAM) Control de ecuaciones parab ólicas acopladas: Encuentro de áreas.
  • Clara Grima (Universidad de Sevilla) Tengo unas matemáticas y sé cómo usarlas.

La primer mesa redonda fue la de "Problemáticas de género en la academia" donde cada participante expresó desde su experiencia laboral y de vida cuáles eran a su juicio los principales problemas en materia de género que dificultaban el desarrollo académico de las mujeres, así como algunas propuestas de solución. Hacia el final hubo alrededor de media hora para intervenciones del público. Los participantes fueron Lilliam Alvarez, Mar ía Jos e Arroyo (UAM-I), Claudia G omez, Clara Grima y Luis Montdejano (UNAM).

 Algunos puntos a resaltar fueron:
  • La falta de visibilización de las mujeres científicas en los medios masivos de comunicación,
  • la falta de espacios de discusion sobre las dificultades y satisfacciones del quehacer matemático, en particular para las mujeres,
  • la falta de aplicación de las normatividades en casos de acoso sexual,
  • la falta de autocofianza de las estudiantes,
  • los estereotipos de género que califican de atributos femeninos a la belleza, la sumisión y otros, los cuales a su vez son vistos como indeseables para las labores científicas,
  • la existencia de criterios desiguales para evaluar académicamente a hombres y mujeres, y que ponen en situación de desvetaja a las mujeres.
Algunas propuestas de solución fueron: impulsar una campaña en los medios masivos de comunicación para la visibilización de mujeres científicas, abrir espacios para compartir experiencias entre mujeres, realizar un diagnóstico sobre los problemas de género en la academia, informarse y difundir las normatividades en materia de género de las instituciones educativas y de investigación.


La segunda mesa redonda fue "Parejas Científicas". Los participantes fueron Javier Bracho (UNAM), Ricardo Cantoral (CINVESTAV), Irene Cruz (UNAM), Rosa María Farfán (CINVESTAV), Ana Paulina Figuerona (ITAM), Víctor Manuel García Guerrero (COLMEX), Adriana Hansberg (UNAM) y Adolfo Magaldi.

 El objetivo de la mesa fue que los invitados compartieran su experiencia como pareja en la ciencia. Se abordaron dos temas principales. Uno fue la distribución de roles y el otro la toma de decisiones en la pareja. Se señaló la importancia de los beneficios de la seguridad social o apoyos similares como ayuda para el cuidado infantil, el que las relaciones de poder son más el resultado de la estructura social de conjunto que de decisiones personales, y la necesidad de procesos enfocados al empoderamiento de las mujeres en el ámbito académico.


Durante el último día se presentó una sesión de posters en las categorías de estudiantes de licenciatura, maestría, doctorado y de profesores. En total se recibieron 46 posters, aproximadamente el 15% fueron de hombres y el 85% de mujeres. Se otorgaron reconocimientos a los posters más destacados de las categorías estudiantiles, 5 de éstos a hombres y 4 a mujeres.


El colectivo La A en Ciencia realizó un formato de encuesta de salida con las siguientes preguntas de opinión:
¿Qué fue lo que más/menos te gustó del Primer Encuentro de Mujeres Matem áticas Mexicanas? ¿Por qué?
¿Qu é sugerirías para mejorar el encuentro?

Se recolectaron 57 encuestas, 44 fueron contestadas por mujeres y 13 por hombres. Dentro de las opiniones recolectadas destacan las siguientes impresiones:

El Encuentro fue un evento pertinente, el objetivo de visibilización de las mujeres matemáticas ante los asistentes se cumplió exitosamente, e incluso, se cubrieron otros objetivos de la agenda sobre trabajos de género, como la apertura a la discusión de problemáticas de las mujeres en la academia, lo cual fue percibido positivamente.

La diversidad de temas matemáticos abordados en las pláticas, así como el contenido de éstas fue de gran agrado. La oportunidad de participación de alumnas en la sesión de posters se percibió como un estímulo positivo para las jóvenes.

En general las y los asistentes reconocieron que este Primer Encuentro superó sus excpectativas y se encuentran entusiastas con próximos encuentros de esta tónica. Dentro de las sugerencias se destacan:

  • Ampliar la duración del evento, la difusión del mismo y el número de becas para asistentes.
  • Mejorar las técnicas de discusión en las mesas redondas y ampliar los temas referentes al género.
  • Crear un espacio de vinculación entre asistentes de distintas instituciones.


El Comité Organizador del Encuentro estuvo compuesto por Gabriela Araujo Pardo (UNAM, Coordinadora de la Comisión de Equidad y Género de la SMM), Carlos Barrera Rodrí guez (UNAM), Natalia García Colín (UNAM) y Rubén Martínez Avendaño (UAEH).

Fue fundamental para la realización del evento el apoyo de las siguientes instituciones patrocinadoras: Fundación Sofí a Koval evskaia, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Centro de Investigación en Matemáticas, A.C., Centro de Innovación Matemática, Centro de Investigación y Estudios Avanzados
del Instituto Politécnico Nacional, Facultad de Ciencias (UNAM), Instituto de Matemáticas (UNAM) y Universidad Autónoma Metropolitana.


sábado, 30 de noviembre de 2013

Los trabajos de género en la UNAM ¿Qué hay de nuevo?



Este año se aprobaron los lineamientos generales para la igualdad de género los cuales son de observancia obligatoria para todas las instituciones de la UNAM. ¿De qué se tratan? ¿Cómo surgieron? ¿Qué implican?

¿De qué se trata?

De sentar las normas generales para lograr que tanto mujeres como hombres tengan las mismas oportunidades de desarrollo en la UNAM, en particular para erradicar la violencia de género, teniendo como marco un enfoque moderno y científico. Algunos de los conceptos que retoma son la transversalización y las faltas por omisión.

¿Cómo surgieron?

Si bien ha habido grandes avances para las mujeres en las últimas décadas, es necesario un análisis objetivo de la situación actual para reconocer las tareas que faltan. Las leyes a favor de las mujeres aprobadas a partir de la década de los 90’s con las que cuenta México fueron el fruto de varias décadas de luchas de grupos feministas. Estas leyes permitieron, sobre todo, el incremento de la fuerza de trabajo femenina, al aceptar a las mujeres en las escuelas, trabajos y al darles acceso a métodos anticonceptivos. Estos cambios se dieron en el contexto de los tratados de libre comercio que demandaban un incremento de mano de obra. Al mismo tiempo se creó una élite de mujeres que se declara abiertamente feministas y sin objeciones al neoliberalismo, al contrario de sus predecesoras de los 70’s cuyos movimientos eran mucho más contestatarios, y que impulsaron programas asistencialistas para sectores de mujeres trabajadoras, pero sin intentar modificar las instituciones gubernamentales y sin identificarse realmente con los sectores de mujeres más vulnerables. Así, bajo el discurso de igualdad de oportunidades para todos, se logró proyectar una apariencia superficial de equidad. Pero los datos duros nos revelan una realidad que aún dista de ser justa y que nos grita que las mujeres seguimos estando en una situación desfavorable en el país y alrededor del globo. Aún con el incremento de mujeres trabajadoras y de los avances educativos los puestos de poder siguen en su gran mayoría en manos masculinas y las mujeres ganan, como sector, menos que los hombres, aunque siguen cargando sobre sus hombros el trabajo doméstico. El rostro más alarmante es el alto grado de violencia de género que aún vivimos las mujeres.[1]

Y es que en el proceso de institucionalización de los discursos feministas se dejó de lado el hecho de que la opresión de la mujer es uno de los pilares del actual sistema social y económico. Tal como nos han enseñado desde la primaria, la familia nuclear, con los roles de género que fomenta, es a la vez base de la sociedad actual y modelo de dominación del hombre hacia la mujer y de los mayores hacia el jóvenes y niños. Es decir, el cambio que llevará a una real situación de igualdad de oportunidades para todos los géneros pasa por cambiar los cimientos en los que se apoya la desigualdad social y económica que predomina en el mundo.[2]

Queda entonces mucho trabajo para eliminar en los hechos la situación de opresión de las mujeres. Pero no perdamos de vista que existe un enorme trabajo previo, teórico y práctico, del cual podemos echar mano para retomar ideas y corregir errores. Es necesario pues un enfoque que tenga como objetivo no sólo cambios formales o medidas transitorias, sino que apunte a un cambio radical en la sociedad y que actúe sobre todos los aspectos involucrados en la construcción social, simbólica y económica de hombres y mujeres. Utilizar las herramientas científicas a nuestro alcance debe ser un elemento a contemplar en toda acción que como universitarios tomemos a este respecto. Es así como los lineamientos generales para la igualdad de género de la UNAM retoman algunas de las tareas pendientes al interior de la comunidad universitaria, en un intento no sólo de responder a ciertas necesidades urgentes de las mujeres, sino de modificar la comunidad universitaria de conjunto hacia una real igualdad de oportunidades.

¿Qué implican?

La aprobación de la nueva normatividad en materia de género de la UNAM significa que de manera obligatoria toda entidad y dependencia de la UNAM deberán de concretar la igualdad de género bajo las directrices establecidas. Actualmente hay dos enfoques distintos para la planeación de acciones que contribuyan a la equidad de género. Estos dos enfoques responden a distintas necesidades que se agrupan en dos categorías: prácticas y estratégicas. Las acciones que intentan satisfacer estos dos tipos de intereses/necesidades suelen catalogarse como Trabajos dirigidos para las necesidades prácticas y Transversalización para las necesidades estratégicas (véase  http://www.laaenciencia.blogspot.mx/2013/03/trabajo-enfocado-y-transversalizacion.html ).

Además de mencionar las estrategias de trabajos dirigidos y de transversalización, los lineamientos señalan específicamente la necesidad de acciones para el combate a la violencia de género y discriminación en los ámbitos laboral y académico, la realización de  estadísticas de género y diagnósticos con perspectivas de género, y la articulación de programas para concientizar a la comunidad universitaria sobre el sexismo, la desigualdad de género y sus consecuencias en la vida institucional y de las personas.

Parte de las propuestas concretas impresas en los lineamientos generales son la coordinación de cada dependencia con el Programa Universitario de Estudios de Género para la planeación e implementación de políticas por la equidad de género, y el propiciar una cultura  de la denuncia de la violencia de género y discriminación. Invitamos pues a la lectura y aplicación de la nueva normatividad, esperando que sea una herramienta para mejorar el quehacer académico de cada uno de nosotros:

www.pueg.unam.mx/images/stories/Equidad/Lineamientos/lieneamientosversioncompleta.pdf




[1] ¿Todo el poder? Políticas públicas,violencia de género y feminismo en México. Miriam Lang. Iberoamericana, III, 12 (2003), 69-90.
[2] El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado. Friedrich Engels. 1884.
[3] A Guide to Gender-Analysis Frameworks. Candida March, Inés A. Smyth, Maitrayee Mukopadhyay. Oxfam 1999.
[4] Cultivando Cambios. Rebecca Fries. Oxfam.

miércoles, 31 de julio de 2013

Compilación de derechos humanos.




Eréndira Munguía Villanueva.

La siguiente es una compilación de derechos humanos referentes a las mujeres y sobre todo en el ámbito académico, no pretende ser exhaustiva está pensada para ser una herramienta de reconocimiento de derechos y una invitación al análisis de los mismos. 

Como nota personal, la que escribe reconoce la importancia de la existencia de las declaraciones, convenciones y leyes aquí señaladas, así como de su utilización en los procesos de impartición de justicia y equidad, pero señala que cree que contienen serias limitaciones. Las críticas generales a las estrategias de derechos humanos serán expuestas al final del presente escrito.

Como preámbulo se recuerda que las presentes declaraciones y convenciones son instrumentos internacionales que coordina y promueve la ONU, y a los cuales se adhieren los estados  con el fin de promover y vigilar el respeto de los derechos humanos que las componen, México ha ratificado los instrumentos aquí expuestos. Así es que los únicos que pueden violar los derechos descritos son los Estados adherentes, no así los particulares. No obstante los estados pueden tener responsabilidad por las acciones que realicen particulares, si es que se comprueba que dichas acciones se enmarcan en situaciones estructurales en donde el estado ha incurrido en actos permisivos o ha fallado en la prevención de violaciones a los derechos humanos. Por otro lado los particulares tienen derecho a exigir la creación de programas, organismos, leyes, etc. que promuevan y vigilen el respeto de los derechos humanos ratificados por sus Estados.

Para la implementación de las declaraciones y convenciones aquí descritas el Estado Mexicano ha emitido en particular la "Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia" y la "Ley General para la Igualdad de Mujeres y Hombres" las cuales sí son susceptibles de ser violadas por particulares.

Los subrayados son de la autora.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fra­ternalmente los unos con los otros.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distin­ción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 25
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.



CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.

Artículo 1.
A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la
igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Artículo 4.
1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de
oportunidad y trato.

2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las contenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se considerará discriminatoria.

Artículo 5.
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:

a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;

b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.

Artículo 10.
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;

c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza;

d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios;

e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;

f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente;

Artículo 11.
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos, en particular:

b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de
selección en cuestiones de empleo;

c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al
readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;


2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:

a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;

b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales;

c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

Artículo 16.
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos;

g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, profesión y ocupación;

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ" .


Artículo 6
El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros:

b.  el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.


Artículo 8
Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para:

b.  modificar los patrones socioculturales de  conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer;


LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

CAPÍTULO II
DE LA VIOLENCIA LABORAL Y DOCENTE

ARTÍCULO 10.- Violencia Laboral y Docente: Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad. Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual. 

ARTÍCULO 11.- Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima [persona en quien se ejerce violencia] o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación por condición de género. 

ARTÍCULO 12.- Constituyen violencia docente: aquellas conductas que dañen la autoestima de las alumnas con actos de discriminación por su sexo, edad, condición social, académica, limitaciones y/o características físicas, que les infligen maestras o maestros. 

ARTÍCULO 13.- El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. 

ARTÍCULO 15.- Para efectos del hostigamiento o el acoso sexual, los tres órdenes de gobierno deberán: 

I. Reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida; 

II. Establecer mecanismos que favorezcan su erradicación en escuelas y centros laborales privados o públicos, mediante acuerdos y convenios con instituciones escolares, empresas y sindicatos; 

III. Crear procedimientos administrativos claros y precisos en las escuelas y los centros laborales, para sancionar estos ilícitos e inhibir su omisión. 

IV. En ningún caso se hará público el nombre de la víctima para evitar algún tipo de sobrevictimización o que sea boletinada o presionada para abandonar la escuela o trabajo; 

V. Para los efectos de la fracción anterior, deberán sumarse las quejas anteriores que sean sobre el mismo hostigador o acosador, guardando públicamente el anonimato de la o las quejosas; 

VI.  Proporcionar atención psicológica y legal, especializada y gratuita a quien sea víctima de 
hostigamiento o acoso sexual, y 

VII. Implementar sanciones administrativas para los superiores jerárquicos del hostigador o acosador cuando sean omisos en recibir y/o dar curso a una queja. 


Hasta aquí la compilación preparada por la autora, te invitamos a conocer más de éstos y otros derechos concernientes a salud, convivencia en comunidad, medio rural, etc. así como su implementación en tu país o estado. En México el organismo creado para hacer efectivos varios de los derechos específicos de las mujeres es el Instituto Nacional de las Mujeres y sus sedes estatales y municipales.

La crítica hacia estos instrumentos es que si bien es importante exigir que se respeten, la autora cree que hay que tomar con reservas la voluntad del Estado para hacerlos valer de manera efectiva, ya que algunos de estos derechos pueden entrar en conflicto de manera estructural con el Estado por un lado y con la propia realidad social por el otro. Hay que recordar que estos derechos no son el resultado de la buena voluntad de los Estados, sino de las luchas sociales que han logrado las libertades y garantías democráticas de las que gozamos actualmente. Así que es natural que para la defensa de derechos humanos, la denuncia a las instituciones oficiales deba ir muchas veces acompaña de movilizaciones sociales y políticas. Por otro lado la estrategia general de derechos humanos se enmarca siempre y por razones históricas en el sistema capitalista de propiedad privada, lo cual se refleja en la insistencia de la propiedad privada ya sea esta particular o de medios de producción. Como hemos dicho anteriormente esto conlleva a dar un carácter obligatorio al modelo tradicional de familia como motor de la sociedad, lo cual se puede observar en la tercera sección del Artículo 16 de la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas que versa : La familia es el elemento natural y funda­mental de la sociedad y tiene derecho a la pro­tección de la sociedad y del Estado. Nosotros refutamos que el modelo familiar tradicional, ambos padres e hijos viviendo en la misma casa, sea natural en el sentido biológico, basándonos en los estudios antropológicos que se pueden revisar por ejemplo en "El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado" de Engels. Creemos que una nueva sociedad más justa tendrá el rasgo particular de brindar protección a todos sus miembros no importando que se estructuren en un modelo familiar tradicional o no, y no impondrá presiones de tipo psicológico, social o moral para integrarse a un modelo familiar particular, por el contrario brindará apoyo social amplio para el cuidado y desarrollo infantil. No obstante en el camino hacia una sociedad mejor es válido utilizar todos los instrumentos a nuestro alcance, como son todas las garantías democráticas ganadas anteriormente incluidos los mecanismos aquí presentados. ¿Tú qué opinas?



lunes, 27 de agosto de 2012

Revista Ciencia AMC. MUJERES en la Ciencia.

Con gran gusto compartimos el último número de la revista Ciencia, editada por la Academia Mexicana de Ciencias, el cual dedica a las cuestiones de género dentro de la ciencia en México. Estadísticas, ensayos, propuestas y testimonios alrededor de la experiencia de ser científica están vertidos en sus páginas. Ahora presentamos un resumen y comentarios sobre el primer artículo, el cual es uno de los que más ha llamado nuestra atención por la claridad de sus planteamientos. Próximamente compartiremos nuestro análisis de los demás escritos. Aplaudimos este esfuerzo por lograr la equidad de género en la ciencia e invitamos a todas a participar en él comentando y compartiendo.




Angélica Evangelista García,Rolando Tinoco Ojanguren y Esperanza Tuñón Pablos.

Coincidimos plenamente con una de las primeras afirmaciones del artículo y que hemos recalcado en entradas pasadas: “La cultura marca a todos los seres humanos con el género, y el género marca la percepción de todo lo que demás que nos rodea.”

El artículo utiliza estadísticas de ANUIES y CONACyT para mostrar que si bien el incremento de la matrícula femenina en las instituciones de educación superior, y sobre todo en posgrado, se ha incrementado notoriamente, la participación de las mujeres decrece drásticamente al considerar los niveles académicos más altos (por ejemplo niveles II y III del SIN). “En realidad, puede afirmarse que las mujeres constituyen en todos los casos una pequeña minoría de las personas que ocupan los puestos científicos de mayor responsabilidad.” Lo anterior viene a confirmar lo que vivimos en nuestros centros de trabajo.

Se sugiere que el problema de la poca participación femenina en puestos de mayor responsabilidad es “el conflicto de papeles que experimenta al tener que atender, simultáneamente, las demandas familiares y las profesionales.” Este es justo el eje de nuestra entrada pasada, donde hacemos notar que las mujeres siguen realizando la mayor parte del trabajo doméstico no remunerado.

Como medidas necesarias para hacer de la ciencia un espacio más incluyente se mencionan:
·         Primero: un análisis institucional  profundo sobre las inequidades de género que de luz sobre las causas de dicho fenómeno dentro de los centros académicos.
·         Segundo: implementar o aumentar las cuotas de mujeres aspirantes a plazas científicas y tecnológicas.
·         Tercero: impulsar políticas para lograr la participación de mujeres en puestos de evaluación y decisión, apoyar las redes de mujeres en ciencia y reservar fondos para incentivos para mujeres científicas.

Si bien creemos que estas medidas son necesarias como hemos dicho anteriormente, y siguiendo sugerencias del propio artículo, creemos que debe haber un cambio de enfoque respecto a las actividades domésticas, específicamente una revalorización de las mismas, como un primer paso para lograr equidad en la distribución del trabajo doméstico entre hombres y mujeres. Sin esto sólo estaremos atacando las consecuencias de una de las principales causas de que las mujeres no puedan desarrollar plenamente sus aptitudes científicas, y en general desenvolverse de manera plena como individuos.